Es uno de los instrumentos normativos que permiten instrumentar el Plan Urbano Ambiental (PUA) que es la “ley marco” que define la normativa urbanística en la CABA en el marco de lo dispuesto por su Constitución en el año 1996. El Código específicamente regula usos de suelo, densidades, alturas máximas permitidas, protección del patrimonio, etc. Sin que se hayan hecho nuevas actualizaciones del PUA, se llevaron a cabo distintas modificaciones a la Ley 6099/2018 que definía el primer CU (en 2020 y en 2022), a la que se suma la que presenta en la Legislatura porteña el jefe de Gobierno Jorge Macri, en julio de 2024.
La Constitución de CABA, en su artículo 29, hace énfasis en la elaboración del PUA con “participación transdisciplinaria de las entidades académicas, profesionales y comunitarias” y la Ley 71/1998 establece que “el organismo encargado de la formulación y actualización del PUA será el Consejo del Plan Urbano Ambiental”. Por su parte, el CU es una propuesta del Ejecutivo que requiere una discusión amplia con el mismo espíritu de la planteada para PUA.
Sin embargo, la participación del Consejo Asesor del PUA fue acotada, sin que se registren observaciones ni incorporación de propuestas de organizaciones profesionales, ciudadanas o incluso alguno de los múltiples proyectos de los vecinos de distintas comunas. En contraposición a la búsqueda de consensos sociales más generales, se evidencian reuniones fragmentarias y particularizadas del Jefe de Gobierno con sectores “representativos”, destacándose las mantenidas con desarrolladores inmobiliarios o cámaras de la construcción.
La propuesta, según el planteo del Ejecutivo, busca ajustar la normativa para mejorar el desarrollo urbano en CABA en tres sentidos:
A nivel ciudad: Impulsar el desarrollo del sur y consolidar el norte.
A nivel barrio: Ajustar las alturas para respetar la escala barrial y proteger el patrimonio.
A nivel manzana: Revisar los parámetros de edificabilidad y expandir el Centro Libre de Manzana, mejorando la distribución de "llenos y vacíos".
Estos objetivos, que reiteran en gran medida instancias anteriores buscan llevarse a la práctica con instrumentos que requieren una amplia discusión y precisión en su elaboración, pero que sin dudas evidencian y exacerban la idea de ciudad predominante en la CABA desde hace décadas.
Preservación de la identidad de los barrios: La propuesta busca mantener la identidad de los barrios y proteger las zonas de baja densidad, evitando “saltos” excesivos en una misma manzana, como un más bien critico de lo sucedido en la gestión anterior y la consecuente proliferación de torres en el tejido urbano. Sin embargo, plantean una preservación “identitaria” con una lógica planteada desde las densidades “a preservar”, sin considerar otros aspectos diversos y complementarios que resulta importante incorporar.
Consolidación del desarrollo urbano: Se pretende concentrar el desarrollo en arterias principales con infraestructura existente mediante la sustitución de la "Equivalencia de Capacidad Constructiva Transferible (ECCT)" por la "Capacidad Constructiva Adicional (CCA)". De este modo aparecen “proyectos emisores” (obras nuevas construidas en áreas de desarrollo prioritario en zona sur, o inmuebles con protección patrimonial) que generarán Capacidad Constructiva Adicional (m2) que podrán ser aprovechados en las “Parcelas Receptoras” (en zona norte). Se trata de una suerte de “transferencia orientada” de un derecho adicional de construcción a otro terreno, en un esquema de un discutible “equilibrio” entre el sur y el norte de la ciudad.
Sustentabilidad Urbana y Calidad Ambiental: aportando a la mitigación de los efectos del cambio climático y a la adaptación de la Ciudad frente a éstos: un objetivo que sin dudas resulta ambicioso, pero no pareciera detectarse mayores precisiones en su concreción más que la ampliación de los centros de manzana (priorizando en ellos el suelo absorbente). No hay menciones explícitas a aspectos centrales que se encuentran en discusión en el urbanismo sostenible: transporte público, espacios verdes, financiamiento y promoción de la sostenibilidad ambiental en las ciudades, etc.
Conservación del patrimonio urbano: Por un lado, amplía los inmuebles catalogados y los pone en escena como objeto de recuperación (“proyectos emisores”) pero, por otra parte, descataloga con discrecionalidad y poca profundidad de análisis otros, bajo cierta idea de eliminación de la general idea de “protección preventiva” de lo datado previo a 1941.
Desde el Centro de Estudios para la Ciudad consideramos que esta propuesta de modificación del Código Urbanístico de CABA requiere un debate profundo dadas las implicancias significativas respecto del futuro desarrollo de la ciudad, su identidad, sustentabilidad y patrimonio.